Siempre será de vital atención los temas en los que queda en entredicho la dignidad de un individuo o colectividad. ¿Deberían las cortes priorizar la dignidad o estima propia ante acuerdos económicos que pueden afectar la honra inherente al individuo?
A Gustavo, El Paisa, después de haber participado junto con otros inquilinos en una trama espectacular para impedir el desalojo injusto de su hogar, le preguntaron en televisión para qué habían hecho todo eso, a lo que respondió enfurecido al periodista: “¡¿Pa´ qué le sirve a usted la dignidad?!”
La escena hace parte de la película clásica del cine colombiano ‘La Estrategia del Caracol’, personificada por el recién fallecido actor Luis Fernando Múnera (Q.E.P.D.). Y la traemos a este espacio porque bien puede explicar el caso de los jugadores de Atlético Nacional contra la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor, así como la forma en que la Corte Constitucional lo abordó en la sentencia T-464 del 16 de diciembre de 2022.
Resulta que un grupo de cinco jugadores fueron contratados por Atlético Nacional para participar en los torneos de liga y copa del segundo semestre del año 2021. Pero, la Dimayor impidió que el Club los inscribiera porque Atlético Nacional, supuestamente, le debía una plata a Cortuluá por una vieja disputa. En otras palabras, la Dimayor les dijo a los jugadores que no podían ejercer su trabajo como futbolistas porque su empleador le debía plata a un tercero, y las reglas del gremio del fútbol permitían que se presionara el pago impidiendo su inscripción, como si sus aspiraciones profesionales fueran hipotecas o prendas de deudas ajenas ¿Absurdo? Pues parece que en el mundo del fútbol eso es normal e incluso se amparan en un entramado de reglas privadas para justificar tal instrumentalización.
Los jugadores presentaron entonces acciones de tutela contra la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor, pidiendo el amparo de su derecho a la dignidad humana y que les permitieran su inscripción como jugadores de Atlético Nacional para los torneos de liga y copa. Alegaron que los estaban utilizando como “moneda de cambio para obtener el pago de una supuesta deuda entre clubes”. No pedían el pago de salarios, no pedían que obligatoriamente los técnicos los pusieran a jugar ni un mejor tratamiento deportivo; solo pedían que los trataran como seres humanos autónomos, que no trataran sus aspiraciones profesionales como prendas de garantía de deudas ajenas.
Lo que vino después es digno de película. La Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor dijeron que sus reglas privadas del fútbol están por encima de la Constitución Política y que no era posible que la justicia colombiana las revisara, al punto de que abrieron un proceso disciplinario contra los jugadores por atreverse a presentar tutela. También dijeron, negando toda agencia de los jugadores, que la tutela realmente la presentaba Atlético Nacional y que el Club quería evadir el pago de sus presuntas deudas. Por su parte, los jueces de instancia evadieron el estudio del caso y declararon improcedentes las tutelas, entre otras cosas, porque los jugadores podían acudir a la justicia ordinaria laboral ¿Para qué? No se sabe.
Atlético Nacional, en el curso de los procesos de tutela, cedió a la presión inconstitucional y le canceló el dinero que le debía a Cortuluá. Verificado el pago, la Dimayor permitió que los cinco jugadores fueran inscritos por Atlético Nacional para los torneos de liga y copa del segundo semestre de 2021. La cosificación se perfeccionó por las demandadas. La Federación y la Dimayor usaron las profesiones de los jugadores como garantías de pago de una deuda en la que nada tenían que ver, y su trabajo pasó de ser un medio para su desarrollo personal a mecanismo de presión eficaz para el pago de créditos.
Pasó el tiempo y la Corte Constitucional se interesó en el caso y lo seleccionó para revisión. Como resultado profirió la sentencia T-464 del 16 de diciembre de 2022. Allí la Corte avanzó en la constitucionalización del derecho de las federaciones deportivas y en los límites a sus reglamentos, pero se asomó tímidamente al reclamo de los jugadores sobre la dignidad.
La Corte les dijo a los jueces de instancia que se equivocaron al declarar improcedentes las acciones de tutela, toda vez que en realidad los jugadores no tenían ningún otro mecanismo judicial o administrativo para defender su dignidad. Por ese motivo, reafirmó la potestad de los jugadores de fútbol para acudir a la tutela y conminó a las demandadas a que no iniciaran procesos disciplinarios por ejercer ese derecho fundamental. También resaltó la necesidad de que el Ministerio del Deporte revisara aquellas normas estatutarias de la Federación Colombiana de Fútbol que potencialmente violaran derechos fundamentales. Hasta aquí, perfecto.
Sin embargo, la timidez de la Corte comenzó cuando afrontó el reclamo de los jugadores en defensa de su dignidad. A ellos les dijo que no podía emitir ningún pronunciamiento porque ya los habían inscrito en los torneos de fútbol de la Dimayor por el pago de Atlético Nacional a Cortuluá, lo que hacía “caer en el vacío el objeto de la presente solicitud de amparo”. Según la Corte, había un hecho superado porque ellos pedían que los inscribieran y ya estaban inscritos, lo que implica una “pérdida de interés del accionante en que se acceda a sus pretensiones”. Nada más alejado de la realidad.
Basta con indicar que, según la transcripción de la sentencia, durante el trámite de revisión los jugadores le indicaron a la Corte que con la inscripción por el pago se habían sentido utilizados y que aspiraban a un pronunciamiento, es decir, que sí estaban interesados en que accedieran a la defensa de su dignidad. En palabras de ellos: “hoy en día continuamos percibiendo la violación de nuestra dignidad por parte de las demandadas, porque utilizaron lo que en la actualidad nos tiene felices, la posibilidad de ejercer el trabajo que tanto amamos en un club tan importante como Atlético Nacional, solo para que se saldara una deuda ajena. Nos hubiera gustado que nuestra inscripción se hubiera dado por un acto de reflexión de la Dimayor y la FCF sobre el atropello que estaban cometiendo a nuestra dignidad y trabajo”.
Gustavo, El Paisa, nuestro personaje de ´La Estrategia del Caracol´, continuó furioso su retahíla contra el periodista que le preguntó que para qué se habían metido en semejante odisea para evitar un desalojo: “Pá qué le sirve a usted la dignidad, ¿ah? ¿Es que esa palabra no existe, o qué? ¿O no la usa allá en televisión? ¿Cómo que pa´ qué? Pa´ la dignidad hombre, pa´ la dignidad nuestra…. psss… que pa´ qué pregunta este güevón”. Ruyery, Felipe, Dorlan, Yeison y Nelson, cuando la Corte les preguntó que para qué continuaban su litigio a sabiendas de que ya los habían inscrito, bien pudieron responder: Pa´ la dignidad hombre, pa´ la dignidad nuestra.